El Ayuntamiento de Dos Hermanas ha publicado con fecha 9 de octubre, suscrito por el alcalde de la ciudad, Francisco Rodríguez, un Bando Municipal, en el que alerta por la sequía instando al uso racional, responsable y solidario del agua. La medida implica la prohibición del uso del agua para fines ornamentales o recreativos y cualquier otro que no sea esencial, además de definir las posibles sanciones en caso de incumplimiento.
En la fase de alerta por la sequía que en estos momentos afecta a los ayuntamientos de los municipios abastecidos por los servicios de Emasesa, en el Bando Municipal se insta “a toda la ciudadanía, organismos, empresas y demás colectivos sociales, a un uso racional, responsable y solidario de un bien escaso, como es el agua, y a un esfuerzo colectivo y solidario para alcanzar el objetivo de ahorro del 10% en el consumo que aparece en los Planes de sequía y que nos permita preservar las reservas actuales”.
Esta fase supone, asimismo, la activación de la ordenanza municipal reguladora de las medidas excepcionales aplicables al abastecimiento domiciliario de agua potable como consecuencia de la sequía, que recoge la prohibición de los consumos de uso ornamental, recreativo y cualquier otro que no sea esencial, además de definir las posibles sanciones en caso de incumplimiento.
"La sequía que actualmente estamos sufriendo en la cuenca del Guadalquivir y, especialmente, en la cuenca que abastece a las 43 poblaciones dentro del área de gestión de Emasesa y Aljarafesa, es la más intensa y duradera desde que se tienen registros históricos, acumulando así más de cinco años con déficit de precipitaciones. Como consecuencia, en el Informe de Escasez y Sequía del mes de agosto de 2023, publicado por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) con fecha 4 de septiembre, el estado de escasez correspondiente a la UTE 0201 Rivera de Huelva es de Emergencia, ya que las reservas disponibles para el sistema se sitúan por debajo de 221 hm³, volumen que determina el vigente Plan Especial de Sequía de la demarcación como el umbral de entrada en dicho estado de escasez".
"Pese a ello, y gracias al esfuerzo conjunto de los usuarios y de ambas empresas suministradoras, estamos superando esta sequía sin que la ciudadanía ni el sector industrial vean mermados la calidad del servicio de abastecimiento de agua. No obstante, nos encontramos en una situación en la que hay que maximizar el esfuerzo y priorizar la utilización del agua para asegurar tanto el abastecimiento de uso doméstico como el necesario para mantener los procesos productivos de las empresas. Por ello, se hace necesario restringir el consumo de agua potable en usos ornamentales, recreativos, de limpieza y cualquier otro que no sea esencial, aunque ello suponga algunas molestias e incomodidades".
Esta medida establece como objetivo de ahorro una reducción del 10% en el consumo de cada usuario respecto a los consumos del mismo período del año 2019. En caso de no existir o no poder tomar en cuenta los consumos de 2019, se utilizará la información del primer año inmediatamente anterior que presente datos útiles.
Para aquellos suministros domésticos sin antecedentes de consumo, se establece como referencia el consumo estándar de 110 litros por habitante y día. A los efectos de aplicación de recargos o sanciones, los consumos que incumplan los objetivos de ahorro establecidos tendrán la consideración de consumos excesivos.
En la fase de alerta por la sequía que en estos momentos afecta a los ayuntamientos de los municipios abastecidos por los servicios de Emasesa, en el Bando Municipal se insta “a toda la ciudadanía, organismos, empresas y demás colectivos sociales, a un uso racional, responsable y solidario de un bien escaso, como es el agua, y a un esfuerzo colectivo y solidario para alcanzar el objetivo de ahorro del 10% en el consumo que aparece en los Planes de sequía y que nos permita preservar las reservas actuales”.
Esta fase supone, asimismo, la activación de la ordenanza municipal reguladora de las medidas excepcionales aplicables al abastecimiento domiciliario de agua potable como consecuencia de la sequía, que recoge la prohibición de los consumos de uso ornamental, recreativo y cualquier otro que no sea esencial, además de definir las posibles sanciones en caso de incumplimiento.
"La sequía que actualmente estamos sufriendo en la cuenca del Guadalquivir y, especialmente, en la cuenca que abastece a las 43 poblaciones dentro del área de gestión de Emasesa y Aljarafesa, es la más intensa y duradera desde que se tienen registros históricos, acumulando así más de cinco años con déficit de precipitaciones. Como consecuencia, en el Informe de Escasez y Sequía del mes de agosto de 2023, publicado por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) con fecha 4 de septiembre, el estado de escasez correspondiente a la UTE 0201 Rivera de Huelva es de Emergencia, ya que las reservas disponibles para el sistema se sitúan por debajo de 221 hm³, volumen que determina el vigente Plan Especial de Sequía de la demarcación como el umbral de entrada en dicho estado de escasez".
"Pese a ello, y gracias al esfuerzo conjunto de los usuarios y de ambas empresas suministradoras, estamos superando esta sequía sin que la ciudadanía ni el sector industrial vean mermados la calidad del servicio de abastecimiento de agua. No obstante, nos encontramos en una situación en la que hay que maximizar el esfuerzo y priorizar la utilización del agua para asegurar tanto el abastecimiento de uso doméstico como el necesario para mantener los procesos productivos de las empresas. Por ello, se hace necesario restringir el consumo de agua potable en usos ornamentales, recreativos, de limpieza y cualquier otro que no sea esencial, aunque ello suponga algunas molestias e incomodidades".
Esta medida establece como objetivo de ahorro una reducción del 10% en el consumo de cada usuario respecto a los consumos del mismo período del año 2019. En caso de no existir o no poder tomar en cuenta los consumos de 2019, se utilizará la información del primer año inmediatamente anterior que presente datos útiles.
Para aquellos suministros domésticos sin antecedentes de consumo, se establece como referencia el consumo estándar de 110 litros por habitante y día. A los efectos de aplicación de recargos o sanciones, los consumos que incumplan los objetivos de ahorro establecidos tendrán la consideración de consumos excesivos.
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL