El jurado popular del caso de la mujer acusada de matar a dos de sus vecinos en Dos Hermanas actuó de forma premeditada, declarándola, por tanto, culpable del asesinato de estas personas y que en ningún momento llegó a sufrir ningún episodio importante que perturbara sus facultades. El caso ocurrió en la Huerta de San José, en la calle Padre Fernando Trejo, en julio de 2020.
El jurado popular ha declarado, por tanto, culpable de matar a ambas personas cuando estaban "desprevenidas y sin posibilidad de defensa", así como que la inculpada tenía "previamente planeado" el crimen y que ella no sufría ningún "episodio importante" de "perturbación" de sus facultades, según la deliberación recogida por la agencia Europa Press.
Según la declaración que por unanimidad ha adoptado jurado popular, la acusada, Joyce G.G.S., de nacionalidad brasileña, cometió el crimen cuando lo tenía "previamente pensado", en un momento en el que "no tenía afectada su capacidad" de comprender lo hechos y de reaccionar ante los mismos, ni tenía alteradas sus facultades de querer y de entender"; así como que tampoco sufría "un episodio importante de perturbación" de sus facultades por el "temor" de que sucediese algo en su contra, en alusión al argumento de que su vecina le habría amenazado con provocar que le retirasen la custodia de sus hijos.
Si bien el jurado popular ha constatado que los peritos han expuesto que la inculpada padece un trastorno mixto de la personalidad con rasgos paranoides, ha concluido que las pruebas depuestas durante el juicio conducen a resolver que tal extremo no afectó a "su capacidad de comprensión de los hechos" que había pensado cometer y a su capacidad de "reacción" ante lo que sucedía.
Para ello, ha tenido en cuenta aspectos como la llamada telefónica de la acusada al padre de sus hijos, para pedirle que él se encargase de los mismos si sucedía algo "grave".
Ante ello, la fiscal del caso, que en la fase de conclusiones definitivas ya había decidido subir de casi 30 a 31 años su petición de cárcel para la acusada, solicitando 13 años de prisión por el asesinato de la mujer y 18 por el del varón, ha incrementado a 38 su petición de pena de cárcel, 17 años por el asesinato de la mujer y 21 años por el asesinato del varón, al estar el mismo aún consciente en el tramo de los hechos correspondiente al apuñalamiento.
La acusación particular ejercida por la familia de la vecina víctima de los hechos ha pedido, por su parte, 20 años de prisión para la inculpada, exclusivamente por el asesinato de la mujer; mientras la defensa de Joyce G.G.S. ha solicitado 24 años de cárcel, 12 por cada una de las víctimas mortales de los hechos.
El jurado popular ha declarado, por tanto, culpable de matar a ambas personas cuando estaban "desprevenidas y sin posibilidad de defensa", así como que la inculpada tenía "previamente planeado" el crimen y que ella no sufría ningún "episodio importante" de "perturbación" de sus facultades, según la deliberación recogida por la agencia Europa Press.
Según la declaración que por unanimidad ha adoptado jurado popular, la acusada, Joyce G.G.S., de nacionalidad brasileña, cometió el crimen cuando lo tenía "previamente pensado", en un momento en el que "no tenía afectada su capacidad" de comprender lo hechos y de reaccionar ante los mismos, ni tenía alteradas sus facultades de querer y de entender"; así como que tampoco sufría "un episodio importante de perturbación" de sus facultades por el "temor" de que sucediese algo en su contra, en alusión al argumento de que su vecina le habría amenazado con provocar que le retirasen la custodia de sus hijos.
Si bien el jurado popular ha constatado que los peritos han expuesto que la inculpada padece un trastorno mixto de la personalidad con rasgos paranoides, ha concluido que las pruebas depuestas durante el juicio conducen a resolver que tal extremo no afectó a "su capacidad de comprensión de los hechos" que había pensado cometer y a su capacidad de "reacción" ante lo que sucedía.
Para ello, ha tenido en cuenta aspectos como la llamada telefónica de la acusada al padre de sus hijos, para pedirle que él se encargase de los mismos si sucedía algo "grave".
Ante ello, la fiscal del caso, que en la fase de conclusiones definitivas ya había decidido subir de casi 30 a 31 años su petición de cárcel para la acusada, solicitando 13 años de prisión por el asesinato de la mujer y 18 por el del varón, ha incrementado a 38 su petición de pena de cárcel, 17 años por el asesinato de la mujer y 21 años por el asesinato del varón, al estar el mismo aún consciente en el tramo de los hechos correspondiente al apuñalamiento.
La acusación particular ejercida por la familia de la vecina víctima de los hechos ha pedido, por su parte, 20 años de prisión para la inculpada, exclusivamente por el asesinato de la mujer; mientras la defensa de Joyce G.G.S. ha solicitado 24 años de cárcel, 12 por cada una de las víctimas mortales de los hechos.
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL