El Tribunal Supremo
desestima el recurso de casación presentado por Manuel Varela, el que fuera candidato
a la alcaldía por Ciudadanos en las elecciones municipales de 2015 y
anteriormente concejal del Partido Popular, contra la sentencia que dictó la
Audiencia Provincial de Sevilla en noviembre de 2020. Confirma la sentencia en
todos sus términos, que daba la razón a Agustín Morón, portavoz del equipo de
gobierno del Ayuntamiento de Dos Hermanas, imponía las costas a Varela y perdía
el depósito constituido para recurrir.
Este recurso ha sido
presentado por Manuel Varela, asistido por el abogado Enrique Varela, ante la
sentencia emitida por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla,
que absolvía a Agustín Morón, representado por Manuel Serrano, de todos los
pedimentos formulados en su contra.
Los motivos, según dicta
la sentencia emitida por el Tribunal Supremo, para su desestimación son, en
primer lugar, que “El hecho no lo divulga Agustín Morón, sino que sale a la luz
por la moción de censura planteada por la oposición”. Por otra parte, Manuel
Varela “era político, aunque el demandante no estuviera en activo como concejal,
si bien lo fue y candidato a la Alcaldía”. Además, Agustín Morón “actuó en su
propia defensa, ante la moción de censura”. Por último, Morón “no fue acusado
ni juzgado, por tanto, por la extorsión consistente en la difusión del vídeo,
para evitar la presentación de Manuel Varela a la alcaldía”.
El Supremo dice que “Agustín
Morón no propició la difusión del objeto de la investigación penal, sino que lo
hicieron los legítimos promotores de la moción de censura, limitándose el
demandado a manifestar que el actor era consumidor de cocaína, lo cual este
había reconocido y que por esa ingesta se le podía considerar un mentiroso”.
Es por ello que la
decisión ha sido “desestimar el recurso de casación interpuesto por Manuel
Varela, contra sentencia de fecha 26 de noviembre de 2020 de la Sección 6ª de
la Audiencia Provincial de Sevilla”, “confirmar la sentencia recurrida en todos
sus términos” y, por último “procede imposición en las costas del recurso de
casación al recurrente y la pérdida del depósito constituido para recurrir”.
Recordar que el origen del caso es la demanda al honor que puso Varela contra Morón por una intervención en un Pleno del Ayuntamiento, por el que le pedía 90.000 euros de indemnización. El Juzgado de Primera Instancia de Dos Hermanas le dio la razón y condenaba al pago de 60.000 euros, más las costas y publicación de la sentencia en los periódicos. Morón recurrió a la Audiencia y ésta le dio la razón, le declaró absuelto y condenaron a Varela a pagar las costas. Ahora el Supremo reafirma la sentencia. Revés para Varela, tanto por el pago que tendrá que realizar como por la imagen, por cuanto las sentencias de la Audiencia y del Supremo consideran como hechos probados el consumo de cocaína por Varela, si bien éste podrá acudir al Constitucional.