La Concejalía de Bienestar Social informará a partir de la semana que viene sobre la prestación del Ingreso Mínimo Vital. Esta acción se realiza con el objeto de informar y facilitar a la ciudadanía la presentación de la solicitud del Ingreso mínimo vital. Para ello se habilitará una tutoría presencial previa cita a partir del lunes, 8 de junio, en horario de 9.00 a 13.00 horas en la Delegación de Bienestar Social, situada en el Parque de la Alquería.
De la misma manera y de forma paralela los Trabajadoras Sociales de referencia informarán en las citas ya concertadas con anterioridad, del procedimiento de este nuevo recurso.
Las solicitudes de acceso a la prestación económica podrán presentarse a partir del día 15 de junio. Si la solicitud se presenta dentro de los tres meses siguientes, los efectos económicos se retrotraerán al día 1 de junio de 2020 siempre que, en esta fecha, se acrediten todos los requisitos para su acceso. En caso de no cumplir los requisitos en la referida fecha los efectos económicos se fijarán el día primero del mes siguiente a aquel en que se cumplan los requisitos.
Si la solicitud se presenta transcurridos tres meses, los efectos económicos se fijaran el día primero del mes siguiente a la presentación de la solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.1 del presente real decreto-ley.
Se trata de una prestación de la Seguridad Social (Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración), con carácter permanente y con una doble finalidad:
- Redistribución de la renta focalizándose en la erradicación de la pobreza extrema.
- Fomentar la inclusión social y la inserción laboral.
La necesidad de la puesta en marcha del ingreso mínimo vital como política destinada a corregir situaciones de vulnerabilidad, se ha visto acelerada por la crisis sanitaria del Covid-19 y el Estado de Alarma, declarado el pasado 14 de marzo.
De la misma manera y de forma paralela los Trabajadoras Sociales de referencia informarán en las citas ya concertadas con anterioridad, del procedimiento de este nuevo recurso.
Las solicitudes de acceso a la prestación económica podrán presentarse a partir del día 15 de junio. Si la solicitud se presenta dentro de los tres meses siguientes, los efectos económicos se retrotraerán al día 1 de junio de 2020 siempre que, en esta fecha, se acrediten todos los requisitos para su acceso. En caso de no cumplir los requisitos en la referida fecha los efectos económicos se fijarán el día primero del mes siguiente a aquel en que se cumplan los requisitos.
Si la solicitud se presenta transcurridos tres meses, los efectos económicos se fijaran el día primero del mes siguiente a la presentación de la solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.1 del presente real decreto-ley.
Se trata de una prestación de la Seguridad Social (Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración), con carácter permanente y con una doble finalidad:
- Redistribución de la renta focalizándose en la erradicación de la pobreza extrema.
- Fomentar la inclusión social y la inserción laboral.
La necesidad de la puesta en marcha del ingreso mínimo vital como política destinada a corregir situaciones de vulnerabilidad, se ha visto acelerada por la crisis sanitaria del Covid-19 y el Estado de Alarma, declarado el pasado 14 de marzo.
REDACCIÓN / DHD DIGITAL