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Aprobada la normativa para el otorgamiento de becas municipales en la Universidad Loyola de Andalucía

En la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Dos Hermanas, celebrada en la mañana de hoy viernes 26 de junio, la Delegación de Relaciones Humanas ha presentado para su aprobación la normativa para el otorgamiento de Becas Municipales en la Universidad Loyola Andalucía, en ejecución del compromiso concesional para el curso académico 2020-2021.



Se ha convocado proceso de admisión de solicitudes de otorgamiento de becas para el curso académico 2020/2021, en la Universidad Loyola Andalucía. Las becas que se ofrecen en la presente convocatoria serán para cursar estudios de Máster, de carácter oficial y títulos propios de la Universidad.

El importe de las becas será el que corresponda para cubrir los precios académicos correspondientes a cada curso en las titulaciones oficiales de la Universidad Loyola Andalucía. Podrán solicitarlas aquellas personas que estén empadronadas en Dos Hermanas y que reúnan los requisitos económicos y de rendimiento académico que por el Ayuntamiento y la Universidad se establezcan, siempre y cuando no hayan sido beneficiarias de este programa de becas en una titulación distinta a la solicitada.

Forma y plazo de solicitud

El plazo de solicitud se iniciará a partir de la fecha de publicación, de las Bases de la Convocatoria, en la página web del Ayuntamiento de Dos Hermanas www.doshermanas.es y finalizará el día 20 de julio. En el caso de que no se hubiesen adjudicado todos los fondos disponibles para las becas en la primera fase, se abriría una convocatoria extraordinaria en el mes de septiembre.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente en el modelo de impreso oficial que forma parte como anexo de las presentes bases y que se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento, y deberá presentarse, junto con la documentación pertinente, en el Registro General del Ayuntamiento de Dos Hermanas. A la solicitud se acompañará la documentación indicada, sin perjuicio de que por el Ayuntamiento de Dos Hermanas se pueda requerir a la persona solicitante la documentación que estime conveniente, para acreditar fehacientemente todos los datos y circunstancias personales que consten en la solicitud.

Por el Ayuntamiento se podrá requerir para la subsanación de las deficiencias detectadas en las solicitudes presentadas durante un plazo de cinco días hábiles, siendo rechazadas definitivamente aquellas peticiones que no hayan atendido el requerimiento. A estos efectos no se consideran subsanables los errores consistentes en la presentación de la solicitud en un modelo distinto del oficial así como aquellas solicitudes que estén incorrectamente cumplimentadas de forma que no permitan contactar con la persona solicitante. Dichas solicitudes serán rechazadas sin más trámite y excluidas del proceso.

Podrán presentar solicitudes de ayuda después del plazo establecido, con carácter extraordinario, aquellos estudiantes cuya situación económica familiar se hubiera visto gravemente afectada por causa justificada y siempre dentro de un periodo no superior a diez días, desde la formalización de la matrícula.

Requisitos de las personas solicitantes

Para optar al otorgamiento de las becas municipales se deberán acreditar los siguientes requisitos:

A) Para obtener ayuda económica para estudios de máster de carácter oficial, la persona solicitante deberá acreditar lo siguiente:

1.- Estar empadronada en Dos Hermanas, como mínimo cinco años antes de la convocatoria, en el mismo domicilio. En caso de cambio de domicilio durante este periodo por causas justificadas, se deberá presentar documentación justificativa.

Para acreditar el empadronamiento, se presentará Certificado de Empadronamiento Histórico individual de los últimos cinco años. En casos no justificados debidamente, el Ayuntamiento podrá comprobar que la persona reside en el domicilio indicado mediante certificado de convivencia.

2.- No superar el nivel económico familiar establecido en la cláusula tercera.

3.- Haber superado los requisitos establecidos por la Universidad Loyola para acceder a los estudios de Máster.

4.- Mantener los requisitos académicos establecidos por la Universidad Loyola, para el caso de alumnos/as de segundo curso.

B) Para obtener ayuda económica para estudios de máster títulos propios de la Universidad Loyola, la persona solicitante deberá acreditar lo siguiente:

1.- Estar empadronada en Dos Hermanas, como mínimo cinco años antes de la convocatoria, en el mismo domicilio.

En caso de cambio de domicilio durante este periodo por causas justificadas, se deberá presentar documentación justificativa.

Para acreditar el empadronamiento, se presentará Certificado de Empadronamiento Histórico individual de los últimos cinco años. En casos no justificados debidamente, el Ayuntamiento podrá comprobar que la persona reside en el domicilio indicado mediante certificado de convivencia.

2.- No superar el nivel económico familiar establecido en la cláusula tercera.

3.- Haber superado los requisitos establecidos por la Universidad Loyola para acceder a los estudios de Máster.

Criterios económicos

1.- Nivel de renta familiar.- A los efectos de poder evaluar la situación económica de las personas solicitantes, será preciso acreditar no superar los siguientes niveles de renta familiar: Familia de 1 miembro: 26.052 euros; Familia de 2 miembros: 35.361 euros; Familia de 3 miembros: 41.995 euros; Familia de 4 miembros: 46.939 euros; Familia de 5 miembros: 50.671 euros; Familia de 6 miembros: 54.363 euros; Familia de 7 miembros: 58.038 euros; Familia de 8 miembros: 61.483; Familia de 9 miembros: 65.019 euros; y Familia de más de 9 miembros: 3.105 euros de renta acumulada por cada miembro más sobre la cifra correspondiente a los 9 miembros.

2.- Patrimonio familiar: No se podrán superar los siguientes niveles de valor patrimonial:

a) Fincas urbanas: El valor catastral en conjunto ha de ser inferior a 60.000 €, exceptuando la vivienda habitual.

b) Fincas rústicas.- Su valor catastral en conjunto ha de ser inferior a 15.200 €, por cada miembro computable de la unidad familiar.

c) Rendimientos de capital mobiliario / ganancias y pérdidas patrimoniales.- Los rendimientos del capital mobiliario de que disponga la unidad familiar han de ser inferior a 2.000 €.

Requisitos de las personas beneficiarias

Con independencia de los requisitos específicos antes reseñados, la persona solicitante deberá cumplir los criterios sobre matrícula mínima que se fijan en la Convocatoria de Becas de carácter general, para el curso académico correspondiente para estudiantes de enseñanzas universitarias del Ministerio de Educación, además de no poseer título de nivel igual o superior al que solicita la Beca. La persona solicitante deberá acreditar su matriculación en el curso para el que solicite beca en un número de créditos que variará en función de los estudios que curse y que se calcularán según lo dispuesto en la Convocatoria del Ministerio de Educación y como mínimo en 60 créditos. No obstante, el número mínimo de créditos que se indica no será exigible, por una sola vez, en el caso de estudiantes que se matriculen de los últimos créditos necesarios para completar su titulación, siempre que la ayuda solicitada sea para créditos de primera matrícula y cumpla los demás requisitos específicos exigidos.

Tramitación de solicitudes

La Comisión Paritaria Ayuntamiento-Universidad estudiará y valorará las solicitudes y determinará las que deban ser atendidas, de entre las personas solicitantes que cumplan todos los requisitos exigidos en la convocatoria.

Para ello, se formarán dos cuadros en los que se relacionarán las solicitudes, asignando puntuación de 10 a 0 por orden decreciente de nivel de renta, teniendo en cuenta en caso de empate el expediente académico de las personas solicitantes. A la vista del resultado, la Comisión ordenará las solicitudes por orden de puntuación conjunta, de mayor a menor, y atribuirá las ayudas disponibles a quienes tengan la mejor puntuación en conjunto, pudiendo la ayuda otorgada estar comprendida entre el 100 % y el 10 % del precio del Master, hasta agotar fondos. Tendrán prioridad las solicitudes de las personas becadas el año anterior para estudios de doble máster y que hayan superado satisfactoriamente el primer año académico. La resolución de las ayudas será notificada a las personas solicitantes personalmente o a través de la dirección de correo electrónico facilitada al efecto.

Las personas solicitantes podrán examinar el expediente y formular las alegaciones que consideren oportunas, en el plazo de diez días hábiles desde la notificación. Estas alegaciones, serán resueltas, por la Comisión Mixta de Seguimiento, en un plazo de un mes, desde su presentación en el Registro General del Ayuntamiento. El otorgamiento de la ayuda se ejecutará directamente por parte de la Universidad una vez elevada a definitiva la propuesta, dada su directa intervención en el proceso.
En caso de que la persona solicitante hubiera abonado la matrícula, dentro de los diez días siguientes a la notificación del resultado, se procederá a efectuar la devolución de la misma a la persona interesada por parte de la Universidad.

Acreditación del cumplimiento

El Ayuntamiento podrá requerir, a la persona solicitante para que aporte la documentación que considere precisa para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de las personas beneficiarias de las ayudas.

No se podrá cambiar la ayuda por otra distinta una vez adjudicada. La presente ayuda no será compatible con otras ayudas recibidas para cursar los mismos estudios.

Penalizaciones

El incumplimiento de las obligaciones de quien obtuviese una ayuda, dará lugar a la devolución de la Beca, cuando se haya incurrido en alguno de estos casos.

a) Haber anulado la matrícula.

b) No haber superado, al menos el 30% de los créditos matriculados en el curso anterior en convocatoria ordinaria y extraordinaria, salvo causas debidamente acreditadas y no imputables al estudiante.

c) Haber realizado alteración de matrícula y no encontrarse matriculado del mínimo de créditos exigible.

REDACCIÓN / DHD DIGITAL
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