El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Dos Hermanas ha expresado su congratulación sobre las medias que posibilitan los desplazamientos de la población infantil, cuyo objetivo es el de “aliviar las medidas a las que han estado sometidos los menores y las posibles consecuencias negativas que esta situación conlleva, al tiempo que se respetan las medidas de seguridad necesarias.”
Desde el equipo de gobierno indican que “cabe recordar que el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas considera que, en la situación de Estado de Alarma, se debería permitir a los niños y niñas poder disfrutar diariamente de actividades fuera de casa de manera supervisada y manteniendo las garantías de higiene y distanciamiento social.”
Pero, para que esta medida sea controlada y un éxito, “la responsabilidad de padres y madres es fundamental, como lo ha sido hasta ahora en toda la sociedad que ha actuado de forma ejemplar.”
La orden publicada en el día de ayer en el BOE, regula las condiciones en las que deben tener lugar los desplazamientos por parte de la población infantil y que ha entrado en vigor hoy domingo:
- Menores de 14 años podrán dar paseos controlados.
- Acompañados de un adulto durante una hora al día.
- En un horario amplio para evitar aglomeraciones (entre las 09.00 h. y las 21:00 h.).
Estos desplazamientos pueden llevarse a cabo a una distancia de un kilómetro alrededor de su domicilio y sin acceder a espacios recreativos infantiles o instalaciones deportivas, siendo estos como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas. Durante el mismo deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y cumplir con las medidas de prevención e higiene recomendadas.
La persona que acompañe a los menores deberá ser mayor de edad, convivir en el mismo domicilio que el niño o niña actualmente, o ser un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos.
No podrán salir los menores que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico confirmado por Covid-19 o estén en período de cuarentena domiciliaria por haber estado en contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de esta enfermedad.
Respecto a los niños y niñas que residan en centros de protección de menores, centros habitacionales sociales de apoyo para personas con discapacidad u otros servicios residenciales análogos serán las comunidades autónomas, respetando lo regulado en esta Orden, las que podrán, en el ejercicio de sus competencias en materia de protección y tutela de personas menores de edad, adoptar las medidas necesarias para adecuar la aplicación de lo dispuesto en la misma.
Beneficios de esta medida
Este apoyo del equipo de gobierno nazareno se basa en que los beneficios de la medida son indudables. Gracias a una salida controlada de la población infantil:
- Se protege su salud física y psíquica.
- Reporta beneficios asociados a un estilo de vida más saludable.
- Previene algunos problemas asociados al mantenimiento prolongado del estado de alarma:
- Mejora de la calidad del sueño o la síntesis de vitamina
- Mejora en el bienestar social o familiar.
Desde el equipo de gobierno indican que “cabe recordar que el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas considera que, en la situación de Estado de Alarma, se debería permitir a los niños y niñas poder disfrutar diariamente de actividades fuera de casa de manera supervisada y manteniendo las garantías de higiene y distanciamiento social.”
Pero, para que esta medida sea controlada y un éxito, “la responsabilidad de padres y madres es fundamental, como lo ha sido hasta ahora en toda la sociedad que ha actuado de forma ejemplar.”
La orden publicada en el día de ayer en el BOE, regula las condiciones en las que deben tener lugar los desplazamientos por parte de la población infantil y que ha entrado en vigor hoy domingo:
- Menores de 14 años podrán dar paseos controlados.
- Acompañados de un adulto durante una hora al día.
- En un horario amplio para evitar aglomeraciones (entre las 09.00 h. y las 21:00 h.).
Estos desplazamientos pueden llevarse a cabo a una distancia de un kilómetro alrededor de su domicilio y sin acceder a espacios recreativos infantiles o instalaciones deportivas, siendo estos como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas. Durante el mismo deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y cumplir con las medidas de prevención e higiene recomendadas.
La persona que acompañe a los menores deberá ser mayor de edad, convivir en el mismo domicilio que el niño o niña actualmente, o ser un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos.
No podrán salir los menores que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico confirmado por Covid-19 o estén en período de cuarentena domiciliaria por haber estado en contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de esta enfermedad.
Respecto a los niños y niñas que residan en centros de protección de menores, centros habitacionales sociales de apoyo para personas con discapacidad u otros servicios residenciales análogos serán las comunidades autónomas, respetando lo regulado en esta Orden, las que podrán, en el ejercicio de sus competencias en materia de protección y tutela de personas menores de edad, adoptar las medidas necesarias para adecuar la aplicación de lo dispuesto en la misma.
Beneficios de esta medida
Este apoyo del equipo de gobierno nazareno se basa en que los beneficios de la medida son indudables. Gracias a una salida controlada de la población infantil:
- Se protege su salud física y psíquica.
- Reporta beneficios asociados a un estilo de vida más saludable.
- Previene algunos problemas asociados al mantenimiento prolongado del estado de alarma:
- Mejora de la calidad del sueño o la síntesis de vitamina
- Mejora en el bienestar social o familiar.
REDACCIÓN / DHD DIGITAL