El consejero de Hacienda, Industria y Energía, Juan Bravo, ha anunciado el inicio de la tramitación de un proyecto de decreto por el que se adoptarán nuevas medidas de protección de menores y se modificarán determinados artículos de los reglamentos aplicables en materia de juego y apuestas en Andalucía en materia de prevención y protección de colectivos vulnerables.
Los objetivos que se persiguen son, en primer lugar, desarrollar el Decreto-ley 6/2019, de 17 de diciembre, por el que se modificó la Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En segundo lugar, reforzar la protección de los derechos e intereses tanto de los menores de edad como de las personas incluidas en el Registro de Interdicciones de Acceso a establecimientos de juego y apuestas.
Asimismo, en tercer lugar, se pretende incrementar la rigurosidad en los controles de acceso de los establecimientos de juego, la publicidad exterior de los mismos y el estricto cumplimiento de los horarios de apertura y cierre. Y por último, modificar el régimen de inscripción del Registro de Control e Interdicciones de Acceso, ampliando el ámbito territorial a toda Andalucía y para cualquier establecimiento de juego y apuestas.
Así, el consejero ha precisado que a partir de la entrada en vigor del nuevo decreto no se podrá autorizar por parte de la Junta de Andalucía (que es la Administración competente en materia de juego presencial) la apertura de nuevos salones de juego que se encuentren a menos de 150 metros de los accesos a colegios o institutos.
El decreto recogerá en materia de prevención y tratamiento del juego problemático el compromiso de consignar en las leyes de Presupuesto de Andalucía créditos para este fin de, al menos, un 0,7% de los ingresos recaudados por los tributos de juego y apuestas del ejercicio anterior.
En esta línea, y en colaboración con el Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ) y la Federación Andaluza de Jugadores en Rehabilitación (FAJER), se realizarán campañas de información y concienciación, dirigidas a jóvenes y menores de edad, sobre los riesgos de la práctica compulsiva del juego y de las apuestas. La campaña se desarrollará en los propios centros docentes así como en las redes sociales.
De la misma manera, se suprimen, a partir del próximo 27 de junio, las zonas o dependencias que hasta ahora eran de libre acceso en los distintos establecimientos. Ello quiere decir que el control de acceso tendrá que llevarse a cabo de forma rigurosa desde las mismas puertas de entrada al establecimiento y obligatoriamente por empleados de plantilla de la empresa titular de la autorización del establecimiento.
Por tanto, se prohíbe cualquier posibilidad de externalización de tales funciones, dado que es y será la empresa titular de la autorización la única responsable ante la Junta de Andalucía de la observancia y cumplimiento de estas condiciones.
El decreto recogerá también la prohibición de adosar en las fachadas de los locales de juego y apuestas aquellos mensajes o imágenes, en cualquier soporte, representativos de juegos o de apuestas o de deportistas, alusivos a eventos sobre los que se puedan cruzar apuestas, así como cualquier información sobre la cotización puntual de las apuestas.
Se incluye, asimismo, como causa de extinción de las autorizaciones la cesión de hecho, franquicia o la transmisión de la misma sin haber sido autorizado reglamentariamente por los órganos de la Junta de Andalucía competentes en esta materia. Igualmente, será causa de extinción de la autorización el incumplimiento o mal desarrollo del control de acceso a los salones de juego.
Publicidad del juego
Por otra parte, el patrocinio y la publicidad comercial de las apuestas y de los establecimientos en los que se practiquen sólo podrá efectuarse previa obtención, por parte de la empresa operadora de apuestas o de la titular del establecimiento, de la correspondiente autorización administrativa de la Junta de Andalucía.
Se incorporan como infracciones muy graves las recogidas en el Decreto Ley 6/2019, respecto del acceso de menores de edad, prohibidos, publicidad no autorizada, así como respecto de los incumplimientos de horarios de apertura y cierre de los establecimientos de juego.
Asimismo, se faculta al órgano que inicie el procedimiento sancionador la potestad de decretar el cierre cautelar del establecimiento en los casos de infracciones graves y muy graves, y de manera especial, cuando se permita el acceso de menores de edad o de personas prohibidas al interior de los establecimientos de juego y apuestas.
Junto a lo anterior, se amplían los efectos de las inscripciones en el Registro de Control e Interdicciones de Acceso afectándose a toda clase de juegos, apuestas y establecimientos y se establece como ámbito territorial de la prohibición el de la Comunidad Autónoma, desapareciendo la prohibición de ámbito provincial.
Además, con la aprobación del futuro Decreto se restringe la utilización de los términos "casinos de juego" o "casino" exclusivamente para los establecimientos autorizados como tales por la Junta de Andalucía, seis en la actualidad.
"Entendemos que con esta batería de medidas de tipo normativo, de información y concienciación en jóvenes, así como de ayuda financiera a la prevención y tratamiento del juego problemático, se logrará de manera eficaz solventar y taponar esta vía perniciosa para personas y familias que sufren los efectos nocivos de la práctica compulsiva del juego e impedir el acceso al juego y a las apuestas a los menores en Andalucía", ha señalado Bravo.
Todo ello, ha remarcado el consejero, "en el seno de un proceso de participación y colaboración con empresas de juego, federaciones de exjugadores en rehabilitación, sindicatos y administraciones" y que quiere hacer extensivo al Gobierno de la Nación.
En este sentido, Juan Bravo ha destacado el ofrecimiento de la Consejería de Hacienda al Ministerio de Consumo para trabajar conjuntamente en esta materia, y al que el departamento que dirige Alberto Garzón ha contestado anunciando su intención de convocar el Consejo de Políticas de Juego para cooperar y coordinar las actuaciones de las administraciones, e informando de la preparación de un Real Decreto que regule la publicidad on line.
Los objetivos que se persiguen son, en primer lugar, desarrollar el Decreto-ley 6/2019, de 17 de diciembre, por el que se modificó la Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En segundo lugar, reforzar la protección de los derechos e intereses tanto de los menores de edad como de las personas incluidas en el Registro de Interdicciones de Acceso a establecimientos de juego y apuestas.
Asimismo, en tercer lugar, se pretende incrementar la rigurosidad en los controles de acceso de los establecimientos de juego, la publicidad exterior de los mismos y el estricto cumplimiento de los horarios de apertura y cierre. Y por último, modificar el régimen de inscripción del Registro de Control e Interdicciones de Acceso, ampliando el ámbito territorial a toda Andalucía y para cualquier establecimiento de juego y apuestas.
Así, el consejero ha precisado que a partir de la entrada en vigor del nuevo decreto no se podrá autorizar por parte de la Junta de Andalucía (que es la Administración competente en materia de juego presencial) la apertura de nuevos salones de juego que se encuentren a menos de 150 metros de los accesos a colegios o institutos.
El decreto recogerá en materia de prevención y tratamiento del juego problemático el compromiso de consignar en las leyes de Presupuesto de Andalucía créditos para este fin de, al menos, un 0,7% de los ingresos recaudados por los tributos de juego y apuestas del ejercicio anterior.
En esta línea, y en colaboración con el Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ) y la Federación Andaluza de Jugadores en Rehabilitación (FAJER), se realizarán campañas de información y concienciación, dirigidas a jóvenes y menores de edad, sobre los riesgos de la práctica compulsiva del juego y de las apuestas. La campaña se desarrollará en los propios centros docentes así como en las redes sociales.
De la misma manera, se suprimen, a partir del próximo 27 de junio, las zonas o dependencias que hasta ahora eran de libre acceso en los distintos establecimientos. Ello quiere decir que el control de acceso tendrá que llevarse a cabo de forma rigurosa desde las mismas puertas de entrada al establecimiento y obligatoriamente por empleados de plantilla de la empresa titular de la autorización del establecimiento.
Por tanto, se prohíbe cualquier posibilidad de externalización de tales funciones, dado que es y será la empresa titular de la autorización la única responsable ante la Junta de Andalucía de la observancia y cumplimiento de estas condiciones.
El decreto recogerá también la prohibición de adosar en las fachadas de los locales de juego y apuestas aquellos mensajes o imágenes, en cualquier soporte, representativos de juegos o de apuestas o de deportistas, alusivos a eventos sobre los que se puedan cruzar apuestas, así como cualquier información sobre la cotización puntual de las apuestas.
Se incluye, asimismo, como causa de extinción de las autorizaciones la cesión de hecho, franquicia o la transmisión de la misma sin haber sido autorizado reglamentariamente por los órganos de la Junta de Andalucía competentes en esta materia. Igualmente, será causa de extinción de la autorización el incumplimiento o mal desarrollo del control de acceso a los salones de juego.
Publicidad del juego
Por otra parte, el patrocinio y la publicidad comercial de las apuestas y de los establecimientos en los que se practiquen sólo podrá efectuarse previa obtención, por parte de la empresa operadora de apuestas o de la titular del establecimiento, de la correspondiente autorización administrativa de la Junta de Andalucía.
Se incorporan como infracciones muy graves las recogidas en el Decreto Ley 6/2019, respecto del acceso de menores de edad, prohibidos, publicidad no autorizada, así como respecto de los incumplimientos de horarios de apertura y cierre de los establecimientos de juego.
Asimismo, se faculta al órgano que inicie el procedimiento sancionador la potestad de decretar el cierre cautelar del establecimiento en los casos de infracciones graves y muy graves, y de manera especial, cuando se permita el acceso de menores de edad o de personas prohibidas al interior de los establecimientos de juego y apuestas.
Junto a lo anterior, se amplían los efectos de las inscripciones en el Registro de Control e Interdicciones de Acceso afectándose a toda clase de juegos, apuestas y establecimientos y se establece como ámbito territorial de la prohibición el de la Comunidad Autónoma, desapareciendo la prohibición de ámbito provincial.
Además, con la aprobación del futuro Decreto se restringe la utilización de los términos "casinos de juego" o "casino" exclusivamente para los establecimientos autorizados como tales por la Junta de Andalucía, seis en la actualidad.
"Entendemos que con esta batería de medidas de tipo normativo, de información y concienciación en jóvenes, así como de ayuda financiera a la prevención y tratamiento del juego problemático, se logrará de manera eficaz solventar y taponar esta vía perniciosa para personas y familias que sufren los efectos nocivos de la práctica compulsiva del juego e impedir el acceso al juego y a las apuestas a los menores en Andalucía", ha señalado Bravo.
Todo ello, ha remarcado el consejero, "en el seno de un proceso de participación y colaboración con empresas de juego, federaciones de exjugadores en rehabilitación, sindicatos y administraciones" y que quiere hacer extensivo al Gobierno de la Nación.
En este sentido, Juan Bravo ha destacado el ofrecimiento de la Consejería de Hacienda al Ministerio de Consumo para trabajar conjuntamente en esta materia, y al que el departamento que dirige Alberto Garzón ha contestado anunciando su intención de convocar el Consejo de Políticas de Juego para cooperar y coordinar las actuaciones de las administraciones, e informando de la preparación de un Real Decreto que regule la publicidad on line.
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL