La Dirección General del Catastro ha ampliado las funcionalidades de los Puntos de Información Catastral estando definidos como servicios “voluntarios”. Todos estos servicios se pueden solicitar a través de la Sede Electrónica del Catastro, mediante el formulario habitual. Para más información, los interesados podrán visitar las webs www.sedecatastro.gob.es y www.catastro.minhafp.es.
Entre estos nuevos servicios se podrá consultar datos protegidos por: titulares catastrales de las parcelas colindantes; titulares de derechos reales; titulares de arrendamiento o aparcería; y herederos y sucesores.
También se podrán solicitar la recepción, digitalización y registro de documentación relativa a procedimientos catastrales; la presentación electrónica de declaraciones catastrales en nombre del interesado; la notificación de acuerdos catastrales mediante clave concertada o comparecencia presencial; los servicios integrales de información y asistencia al ciudadano en la confección de declaraciones y uso del asistente gráfico; y la concertación de cita previa para ser atendido en la Gerencia.
Entre estos nuevos servicios se podrá consultar datos protegidos por: titulares catastrales de las parcelas colindantes; titulares de derechos reales; titulares de arrendamiento o aparcería; y herederos y sucesores.
También se podrán solicitar la recepción, digitalización y registro de documentación relativa a procedimientos catastrales; la presentación electrónica de declaraciones catastrales en nombre del interesado; la notificación de acuerdos catastrales mediante clave concertada o comparecencia presencial; los servicios integrales de información y asistencia al ciudadano en la confección de declaraciones y uso del asistente gráfico; y la concertación de cita previa para ser atendido en la Gerencia.
REDACCIÓN / DHD DIGITAL