Sí Se Puede (SSP) Dos Hermanas va a solicitar este viernes, día 15 de abril, al Pleno del Ayuntamiento nazareno que sea este Consistorio, y no la empresa Emasesa, la que regule el precio del suministro del agua potable mediante una tasa, de forma que no exista beneficio por su prestación, en lo que entienden que sería la recuperación del carácter público de este servicio elemental.
Esta petición se llevaría a cabo, según explicó el concejal de esta formación Luca García, en aplicación de la sentencia 5037/2015 del Tribunal Supremo en la que, tras desestimar un recurso interpuesto por la Comunidad de Canarias contra un acuerdo del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, determina que la tarifa del agua es una tasa municipal.
Así, el Supremo recoge en su sentencia, que crea jurisprudencia, que las contraprestaciones que satisface el usuario del servicio de suministro de agua potable deben ser calificadas como tasas, "con independencia de la modalidad de gestión empleada”, y que incluso en los casos en los que el servicio es gestionado por un ente público que actúa en régimen de Derecho privado, a través de sociedades municipales o por un concesionario, lo exigido a los ciudadanos tiene la calificación de tasa, no de precio privado o tarifa.
El grupo municipal SSP va a pedir al Ayuntamiento que, en aplicación de dicha sentencia, se fije una hoja de ruta para su aplicación, al tiempo que entiende que la misma supondría el fin de los cortes del suministro de agua, realizándose el cobro mediante la vía de apremio, no pudiéndose embargar a las familias en situación de emergencia social con insolvencia declarada.
Asimismo, esta medida supondría que el precio de la tasa lo fijaría el Pleno del Ayuntamiento, y no el Consejo de Emasesa o la Junta de Andalucía, y que la aplicación de esta sentencia implica que en la tasa sólo se incluya el coste de la prestación del servicio, sin beneficio extraordinario en la recaudación, de forma que los ingresos y gastos del agua deberán figurar en el Presupuesto municipal.
Esta petición se llevaría a cabo, según explicó el concejal de esta formación Luca García, en aplicación de la sentencia 5037/2015 del Tribunal Supremo en la que, tras desestimar un recurso interpuesto por la Comunidad de Canarias contra un acuerdo del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, determina que la tarifa del agua es una tasa municipal.
Así, el Supremo recoge en su sentencia, que crea jurisprudencia, que las contraprestaciones que satisface el usuario del servicio de suministro de agua potable deben ser calificadas como tasas, "con independencia de la modalidad de gestión empleada”, y que incluso en los casos en los que el servicio es gestionado por un ente público que actúa en régimen de Derecho privado, a través de sociedades municipales o por un concesionario, lo exigido a los ciudadanos tiene la calificación de tasa, no de precio privado o tarifa.
El grupo municipal SSP va a pedir al Ayuntamiento que, en aplicación de dicha sentencia, se fije una hoja de ruta para su aplicación, al tiempo que entiende que la misma supondría el fin de los cortes del suministro de agua, realizándose el cobro mediante la vía de apremio, no pudiéndose embargar a las familias en situación de emergencia social con insolvencia declarada.
Asimismo, esta medida supondría que el precio de la tasa lo fijaría el Pleno del Ayuntamiento, y no el Consejo de Emasesa o la Junta de Andalucía, y que la aplicación de esta sentencia implica que en la tasa sólo se incluya el coste de la prestación del servicio, sin beneficio extraordinario en la recaudación, de forma que los ingresos y gastos del agua deberán figurar en el Presupuesto municipal.
F. G. / REDACCIÓN