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Familias que ocupan pisos vacíos de la banca reivindican sus derechos a estar empadronados

Cinco familias nazarenas, usuarias del 15M Punto Vivienda, han presentado a mediodía de este miércoles, día 21 de enero, unos respectivos escritos en el Ayuntamiento de Dos Hermanas en el que solicitan que se les conceda el empadronamiento en el domicilio que habitan en la actualidad, en todos estos casos viviendas vacías pertenecientes a entidades bancarias, como forma de poder obtener los suministros básicos de agua y luz.

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En sus escritos, estas familias explican que han tenido que abandonar sus anteriores domicilios al no poder hacer frente a las rentas del alquiler con las que contaban, lo que les llevaron a realojarse con sus respectivas familias en viviendas que pertenecen a distintas entidades bancarias y que en esos momentos se encontraban vacías.

Asimismo, indican que, en algunos de estos casos, están residiendo en estas viviendas ocupadas con sus esposas e hijos -de los que aportan sus nombres y edades-, en algunos casos desde el pasado verano, y que incluso, ayudados por el 15M Punto Vivienda, han llegado a mantener contactos con la entidades propietarias de las mismas con la intención de optar a un alquiler social.

Estas mismas familias señalan además en su escrito dirigido al Ayuntamiento que sus respectivas unidades familiares cuentan, desde hace bastante tiempo, con 'expedientes vivos' que están siendo gestionados por los Servicios Sociales del Ayuntamiento, de ahí que pidan, en primer lugar, que se comprueben estos datos y, en segundo lugar, que se modifiquen los datos de inscripción en el Padrón municipal para obtener la correspondiente certificación.

Las familias se quejan de que en el Ayuntamiento les piden siempre documentos que no "podemos aportar, ni conseguir", al encontrarse realojados en una vivienda ocupada, lo que les condena a no poder ejercer sus derechos y deberes como ciudadanos, entre ellos, por ejemplo, servicios básicos como son los de luz y agua.

Situación de emergencia social

El 15M Punto Vivienda ha señalado que cuando un Ayuntamiento niega el empadronamiento a una persona que ha optado por el realojo, ante una situación de emergencia habitacional, "estaría incurriendo en varios tipos de infracciones (administrativas, civiles y penales), al negarles, para empezar, la condición de vecino e impidiendo a las personas ejercitar los derechos y deberes contemplados en el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales".

Igualmente, añaden que les impiden, o les dificultan, utilizar los servicios públicos municipales y acceder a los aprovechamientos comunales, lo que entienden que infringe la Ley de Bases de Régimen Local (artº 17.2) y las instrucciones técnicas sobre actualización del Padrón Municipal de obligado cumplimiento para los Ayuntamientos.

"Cuando la persona no dispone de título que legitime la ocupación de la vivienda que habita (contrato arrendamiento, suministro de agua o luz, etc.)", señala, "el gestor municipal debería comprobar por otros medios (informe de Policía Local, inspección del propio servicio, etc.) que realmente el vecino habita en ese domicilio, y en caso afirmativo inscribirlo en el Padrón".

Por último, indican que, hasta la fecha, las personas afectadas han estado solicitando un Certificado de Convivencia, que tiene una tasa de 30 euros que, en los casos de exclusión social, sufragaba los Servicios Sociales, "pero últimamente se exige el pago previo de la tasa para tramitar la solicitud, y no siempre se le garantiza el alta o modificación de los datos de inscripción en el Padrón municipal".

F. G. CH. / REDACCIÓN
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