Dos Hermanas Diario Digital se hace eco en su Buzón del Lector del artículo remitido por Hugo Santos Gil, abogado, en relación con el anuncio de derribo de los edificios históricos situados en la calle Real Utrera. Si lo desea, puede escribir a doshermanasdiariodigital@gmail.com exponiendo su queja, comentario o sugerencia, e incluso acompañarla también de alguna fotografía.
"Sirvan las presentes líneas para mostrar públicamente mi desacuerdo con el derribo de varias edificaciones existentes al comienzo de la calle Real Utrera de nuestra ciudad; en concreto, las rotuladas con los números 1 al 9, ambos inclusive. Según deduzco de las informaciones difundidas por los medios locales, al parecer se pretende crear con ello un vacío que elimine el “tacón existente” (¿?) para trazar una nueva alineación que genere una zona peatonal abierta ante la Capilla de Santa Ana".
"Vaya por delante que me merece toda consideración cualquier iniciativa que pretenda poner en valor uno de los edificios más singulares y emblemáticos de los (pocos) que existen en nuestra ciudad. Pero lo que ya no puedo compartir es que, para lograr esta finalidad, se tenga que proceder a la demolición de un conjunto de antiguas viviendas que constituyen el único testimonio que permanece en pie del caserío tradicional nazareno".
"La desazón se incrementa al advertir que uno de los edificios irremediablemente condenados a la piqueta –de tan infausto recuerdo para nuestro pueblo– es el rotulado con el número 3, hasta hace poco utilizado como albergue municipal de transeúntes. Este edificio, junto con la Torre-Mirador que existe en la esquina –conocida popularmente como 'Torre del Olivar'–, presenta un doble valor, histórico y cultural, que lo hace merecedor de una singular protección, incompatible con el derribo que se va a llevar a cabo".
"En efecto, resulta oportuno recordar que los actuales números 1 y 3 de la calle Real Utrera se corresponden con los vestigios visibles de la antigua Hacienda de La Mina Chica, enclave tradicionalmente identificado con la residencia de la insigne escritora Cecilia Böhl de Faber ('Fernán Caballero') durante sus estancias en Dos Hermanas, entre los años 1822 y 1835. Así aparece atestiguado en numerosa bibliografía, de la que es buen ejemplo el libro 'Recuerdos al Viento', de nuestro querido paisano el periodista José María Gómez. Este opúsculo fue editado por el Ayuntamiento coincidiendo con el bicentenario del nacimiento de 'Fernán Caballero' (1796-1996), y en los apéndices finales del mismo se incluye literalmente el acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno en fecha 20 de septiembre de 1996, donde, entre otros extremos y para solemnizar dicho aniversario, la Corporación Municipal decidió organizar un acto en homenaje a la escritora, “colocando su retrato, realizado en bronce por el artista local D. Antonio González Camacho, monitor de la Universidad Popular, con una inscripción alusiva, en el edificio de la calle Real Utrera nº 1, cuyo mirador señala el lugar donde la escritora desarrollaba su trabajo” (sic). Este acuerdo no hizo sino acoger la petición realizada por el propio José María Gómez veinte años antes, cuando propuso “la colocación de una lápida o cerámica en la fachada de la Hacienda de La Mina Chica…”, como también se recoge en el libro anteriormente citado. He de recordar, asimismo, que este homenaje se culminó el 28 de febrero de 1997, cuando se procedió a inaugurar el mencionado bronce y se presentó la edición de la referida monografía".
"Así pues, resulta evidente que el mismo Ayuntamiento que ahora ha planteado la operación de derribo que motiva estas líneas, reconoció de forma expresa el valor e interés cultural de este enclave por su vinculación con la escritora 'Fernán Caballero', que, como es bien sabido, fue quien puso a Dos Hermanas en la Historia de la Literatura, a través de La familia de Alvareda y otras obras cuya acción se desarrolla en la entonces villa, donde la novelista pudo gozar de “la suave paz del campo”.
"Pero si lo anterior fuera escaso o poco contundente para justificar la necesidad de permanencia del enclave al que me refiero, ha de añadirse otra razón esencial, y es la propia antigüedad de este conjunto edificatorio, que resulta incuestionable. En efecto, amén de la Torre-Mirador, es especialmente significativo enfatizar que la fachada del número 3 conserva un friso con moldura de ladrillo en su parte superior donde aún puede leerse la inscripción: ANNO DOMINI MDCCLXXXI (AÑO DEL SEÑOR 1781). Y debajo, un pequeño azulejo con la imagen de la Virgen del Mayor Dolor, datado en 1780, que constituye la iconografía más antigua de la Semana Santa nazarena. Ambos elementos configuran esta singular fachada y atestiguan, sin sombra de duda, la fecha de construcción del edificio, así como su relevancia e interés desde el punto de vista histórico. Tales aspectos resultan, además, confirmados por bibliografía especializada, como es el caso del Catálogo Artístico y Arqueológico de la Provincia de Sevilla, realizado por los profesores Hernández Díaz, Sancho Corbacho y Collantes de Terán, quienes, al tratar de Dos Hermanas, señalan como elementos destacados de su arquitectura civil urbana, en la calle Conde de Ybarra (hoy Real Utrera), “dos interesantes fachadas de molinos, una fechada en 1781, con azulejos de la Soledad, y otra frontera con bella portada del mismo siglo, azulejo de la Virgen Dolorosa y típico mirador” (p. 31). Por tanto, el enclave que se pretende demoler tiene acreditado interés histórico, artístico y arquitectónico, configurando una zona destacada del caserío tradicional de Dos Hermanas, junto con la Hacienda de La Almona, que se alza justo enfrente y con la que comparte analogías, como ya pusieron de manifiesto los mencionados autores".
"Idéntica conclusión cabe extraer de la Guía de Dos Hermanas, que viene reeditando el propio Ayuntamiento desde hace años, y que es obra de nuestro apreciado y competente cronista oficial, don Pedro Sánchez Núñez. Dentro de los “edificios de interés en zona urbana”, se menciona de forma expresa la «Torre Mirador de la calle Real Utrera 1, que puede ser una versión modernizada de un mirador más antiguo existente en el edificio adyacente, que conserva un azulejo de la Virgen con la inscripción “María Santísima del Mayor Dolor”, sobre la portada fechada en 1781; una placa de bronce recuerda la residencia de “Fernán Caballero” en Dos Hermanas» (p. 14)".
"En consecuencia, tanto la Torre-Mirador del número 1 como las casas colindantes (en especial la número 3), forman un conjunto edificatorio con destacado valor, tanto por su historia como por su especial vínculo con una de las personalidades literarias más destacadas de la cultura nazarena. Y así lo ha entendido y reconocido el Ayuntamiento en numerosas ocasiones, además de las ya mencionadas".
"Como vecino y ciudadano amante de la historia de nuestro pueblo, entiendo que estas consideraciones deberían haber sido tenidas en cuenta con carácter previo a la demolición que ha acordado efectuar la Junta de Gobierno Local y que, ante todo, evidencia una muy escasa sensibilidad hacia el patrimonio histórico y cultural de Dos Hermanas. Algunas de las informaciones publicadas dicen que “en el proyecto se contempla inicialmente la conservación de la torre”, pero otras fuentes indican que la torre también puede caer si durante la demolición no se logra que continúe en pie (¡!). A este respecto, no puede ocultarse el evidente riesgo que existe para estos edificios históricos si se procede al derribo de las casas adyacentes, por tratarse de inmuebles con un sistema constructivo antiguo, a base de muros de tapial que apoyan unos sobre otros, de forma que cualquier intervención drástica sobre los mismos comprometería la estabilidad del conjunto y, en particular, de la Torre Mirador del Olivar y de la casa del siglo XVIII que hasta hace poco estuvo destinada a albergue municipal".
"Aparte de estas consideraciones, también quisiera poner de manifiesto algunas reflexiones desde el punto de vista estrictamente jurídico. En tal sentido, quiero señalar que, si bien la actuación que ahora se pretende llevar a cabo aparecía de alguna forma contemplada en el PGOU de 2002 –con notoria vaguedad e imprecisión, por cierto–, ello no puede considerarse como obstáculo insalvable para frenar la demolición que se ha acordado. Y ello por varias razones, de las que tan solo apuntaré en este momento las siguientes":
1ª) "La aprobación definitiva del II PGOU de Dos Hermanas se produjo con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Como es sabido, esta norma pone especial énfasis en la conservación de la ciudad existente (cf. apartado II.3 de su Exposición de Motivos) y asume como fin específico de toda ordenación urbanística “la protección del patrimonio histórico y del urbanístico, arquitectónico y cultural” [art. 3.2 f)]. En consecuencia, una actuación drástica e irreversible como la que se pretende llevar a cabo al inicio de la calle Real Utrera, en la zona más antigua y sensible del centro histórico de la ciudad, no puede encontrar acomodo en los postulados del urbanismo sostenible y pro conservación que asume la Ley andaluza. Antes al contrario, lo que se pretende consumar ahora es una operación de ensanche más propia del urbanismo decimonónico que del urbanismo del siglo XXI. Así pues, y aunque ello daría lugar a otras reflexiones, puede afirmarse que el PGOU de 2002 ha quedado obsoleto en buena medida, sobre todo en lo que respecta a actuaciones como la que estamos cuestionando y que, además, contravienen los principios asumidos, no sólo por la Ley andaluza, sino también por el propio planificador tanto en la Memoria del Plan como en la normativa urbanística de protección del patrimonio local, a la que luego me referiré".
2ª) "La demolición pretendida choca frontalmente contra el postulado de la protección y enriquecimiento del “patrimonio histórico, artístico y cultural de los pueblos de España y de los bienes que lo integran”, consagrado en el art. 46 de la Constitución, que vincula a todos los poderes públicos sin excepción ex art. 53.3 de la propia Norma Fundamental. De este principio parten tanto la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español (LPHE), como, en particular, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía (LPHA). Esta última es, obviamente, posterior a la entrada en vigor del PGOU de Dos Hermanas y obliga a una adaptación que no se ha hecho todavía, especialmente en materia de catalogación y protección urbanística de inmuebles que pasan a integrarse en un nuevo instrumento de tutela patrimonial: el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz (cf. art. 13 de la LPHA). El conjunto formado por los actuales números 1 y 3 de la calle Real Utrera reúne los valores necesarios para ser incluido en este Inventario, y con ello para resultar amparado por las previsiones de los arts. 14 y concordantes de la misma norma legal; entre ellas, el deber de conservación y la imposibilidad de proceder a su demolición. En tal sentido, además, al gozar estos inmuebles de un valor cultural expectante o presunto, conforme a la definición del art. 2 LPHA, operan los límites del art. 35 LPHA, en relación con el art. 37.2 LPHE, ostentando la Administración de Cultura la potestad de impedir su derribo, en tanto se determina el nivel o categoría de protección que debería asignarse a los mismos".
3ª) "No cabe soslayar, tampoco, que existe para los municipios el deber legal –dimanante del artículo 4.2 LPHA y del postulado constitucional antes invocado– de “colaborar activamente en la protección y conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz que radiquen en su término municipal, en especial a través de la ordenación urbanística, así como realzar y dar a conocer el valor cultural de los mismos”; además de “adoptar, en caso de urgencia, las medidas cautelares necesarias para salvaguardar los bienes del Patrimonio Histórico Andaluz cuyo interés se encontrase amenazado...” Ello conlleva, de entrada, paralizar la actuación de derribo que se ha acordado, a expensas de un análisis más detenido que permita cohonestar –desde el consenso– todos los intereses concurrentes, pues ni tan siquiera existe concreción de lo que se va a hacer una vez consumada la demolición, ni sobre cómo se va a reconfigurar la zona; no constando tampoco que se haya redactado o tramitado el preceptivo Estudio de Detalle, de conformidad con la normativa urbanística aplicable (cf. art. 15 LOUA)".
"Además, el vigente PGOU de Dos Hermanas –concretamente en el Título VII de las Normas Urbanísticas– asumió como uno de sus objetivos prioritarios el de “parar el proceso de destrucción de los edificios y elementos de interés, y servir de base a una política de conservación y rehabilitación del patrimonio histórico-artístico”. Objetivo este que resulta totalmente vulnerado por la actuación irreversible que pretende ejecutarse en dicho enclave de la calle Real Utrera, el cual conforma en sí mismo “una perspectiva tradicional, histórica y paisajística” de una zona especialmente cualificada del centro de la ciudad, valor que ha de ser protegido como exigen tales Normas Urbanísticas (cf. arts. 0.1.4 y 7.1.7). En tal sentido, debe advertirse que la reordenación viaria que se preveía en el PGOU de 2002 no contemplaba expresamente la demolición de estos edificios históricos, ni tampoco se justificaba conforme a los criterios de ordenación de la Memoria del Plan. Se ha infringido, por ello, el crucial principio de participación que consagra la normativa urbanística (art. 6 LOUA), ya que el diseño futuro de la zona no ha sido sometido al preceptivo trámite de información pública, privando a los ciudadanos de su derecho a plantear alegaciones y propuestas sobre este proyecto, que afecta decisivamente al corazón mismo de la ciudad".
"En tal sentido, resulta verdaderamente sorprendente la clamorosa indefinición y opacidad del proyecto, pues –según se desprende de la escasa información facilitada– lo que se pretende a toda costa es derribar, sin que se sepa a ciencia cierta cómo va a quedar reconfigurada la zona, qué es lo que se va a hacer allí y cuál es el verdadero objetivo que, a la postre, se quiere conseguir con la desaparición de estos inmuebles y la drástica alteración de un enclave que nunca ha estorbado a nadie, pues está plenamente consolidado en la memoria ciudadana".
4ª) "No consta acreditada la “urgencia” que, al parecer, ha motivado la decisión adoptada por el Ayuntamiento en cuanto al mencionado derribo. Sobre este particular, es necesario enfatizar el hecho de que el PGOU de 2002 ha agotado sus dos cuatrienios de vigencia (2002-2006 / 2006-2010) sin que tal actuación haya sido necesaria para el desarrollo y mejora de la ordenación urbanística de la ciudad. Sensu contrario, puede afirmarse que es cuando menos discutible la racionalidad y oportunidad de tan drástica actuación en pleno centro histórico de nuestra ciudad: en efecto, no parece que el derribo obedezca a una demanda imperiosa del interés general, ni que la desaparición de unas edificaciones con notoria antigüedad e interés arquitectónico en el contexto de Dos Hermanas vaya a suponer un beneficio crucial para la población. Antes al contrario, si se consuma la demolición, se perderán para siempre los últimos vestigios del caserío tradicional de nuestro pueblo, alterando un parcelario histórico y desfigurando una zona especialmente sensible, pues tales edificios configuran, sin duda, la imagen urbana de esta parte de la ciudad, tal y como viene siendo percibida por los vecinos desde hace más de dos siglos".
"En tal sentido, desde luego no se comprende que uno de los supuestos objetivos sea que desaparezca el “tacón existente” (sic): en realidad, teniendo en cuenta el origen de estos edificios y su antigüedad, habrá que concluir que la alineación histórica de esta calle es precisamente la que configuran los inmuebles que pretenden derribarse, y no los que se levantaron con posterioridad, alterando esa línea preexistente. En suma, no son los edificios antiguos (del número 1 al 9) los que rompen dicha alineación, sino los posteriores (del número 11 en adelante). Esta consideración se refuerza, además, con la propia existencia –justo enfrente– de la antigua Almona, que como antes dijimos data de la misma época que el mirador del número 1 y la casa contigua, datada en 1781, según vimos. De otra parte, en este orden de consideraciones y con respecto a la urgencia, es de tener en cuenta que no existe, en absoluto, amenaza o declaración de ruina inminente en ninguno de los edificios que se pretenden demoler, entre otras cosas porque, en particular, tanto la Torre como la casa del número 3 ha venido siendo utilizadas hasta fechas muy recientes: esta última, además, ha tenido uso municipal hasta hace un par de años y fue objeto de actuaciones de rehabilitación hace poco tiempo".
5ª) "La jurisprudencia de nuestros Tribunales es especialmente proclive al mantenimiento de la “riqueza construida”, y más cuando se trata de preservar inmuebles de valor histórico, artístico, arquitectónico o simplemente urbanístico, incluso por contribuir a caracterizar la imagen urbana de una determinada zona de la ciudad. En tal sentido, el Tribunal Supremo ha alumbrado el principio “pro monumento”, como criterio orientador para impedir un derribo si se vislumbra la plausible existencia de alguno de tales valores –siquiera de forma indiciaria– en un edificio determinado. Así, por ejemplo, pueden citarse la STS de 22 de junio de 1990 (que enfatiza el carácter irreversible del acto de demolición de edificios como los que nos ocupan, y la obligación de los municipios de proteger y acrecentar el patrimonio cultural “para transmitirlo a las generaciones futuras”) y la STS de 20 de julio de 1998, que, con fundamento en el precitado art. 46 de la Constitución, subraya la prevalencia del “criterio conservacionista”, concluyendo lo siguiente: “En la duda, la voluntad constitucional está mucho más cerca de la conservación de los bienes que puedan integrar el patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España que de su destrucción o demolición”. Así pues, en esta materia “rige el criterio de interpretación más favorable a la conservación para impedir o demoler obras que pudieran producir daño al legado histórico, artístico y cultural”.
"En particular, esta doctrina recalca que “los motivos para conservar un edificio no son únicamente su belleza arquitectónica o formal, pues existen otros criterios como pueden ser la representatividad de una cierta época, la personalidad que dan, él solo o en su conjunto, a una determinada zona de la ciudad, criterios que pueden justificar el acuerdo de conservación” (cf. STS de 5 de febrero de 1991). Aspectos que, sin duda, concurren en el conjunto edificatorio integrado por los números 1 al 9 de nuestra calle Real Utrera".
"Estas consideraciones, con contundente respaldo legal y jurisprudencial, estimo que deben ser aplicadas al caso de Dos Hermanas, en el que resulta ciertamente inexplicable que, cotejando el PGOU de 1987 y el actual, hayan desaparecido edificios merecedores de protección por su valor histórico, artístico o cultural en el contexto de nuestra ciudad. Incluso, en el anterior Plan General se disponían medidas expresas de protección para las viviendas sitas en los números 7, 9 y 11 de la propia calle Real Utrera (art. 5.19 de las Normas Urbanísticas), por conformar el entorno de inmuebles catalogados".
"Si a esto unimos los estragos causados por la infausta piqueta en las décadas de 1960 y 1970 durante el “desarrollismo” franquista, no cabe duda de que la política de protección y conservación del patrimonio arquitectónico y urbanístico en Dos Hermanas necesita un importante replanteamiento o revisión, si es que no queremos terminar de borrar toda huella del pasado en nuestra ciudad: como se decía en el Avance del PGOU de 1987, uno de los objetivos de este fue la protección y salvaguarda de aquellos edificios y elementos que constituyen el Patrimonio Arquitectónico, de carácter histórico-artístico y ambiental de Dos Hermanas, “porque constituyen la base en que asentar las señas de identidad del pueblo nazareno, porque forman parte de su memoria colectiva, porque constituyen un legado que hemos de conservar para las generaciones futuras, porque la sensibilidad hacia la historia, la conservación de las raíces, es un buen indicador de la cultura de un pueblo” (cf. folleto editado por el Excmo. Ayuntamiento en 1986 bajo el título “Para recuperar nuestra ciudad”). No puedo estar más de acuerdo con estas premisas, que ciertamente fueron retomadas por la Memoria del Catálogo del PGOU actual pero que, de forma inexplicable, han sido ignoradas o esquivadas en numerosas actuaciones concretas –¡incluso promovidas por el propio Ayuntamiento, lo cual es todavía más grave y lamentable!–, provocando que este instrumento haya quedado en papel mojado, desprovisto de toda eficacia real y operativa para la protección del patrimonio arquitectónico y urbanístico de nuestra ciudad".
"Con todo, justo es reconocer que el Ayuntamiento ha impulsado algunas iniciativas loables, como por ejemplo las rehabilitaciones de La Almona –si bien todavía falta la restauración de su portada principal– y de la antigua Capilla de las Escuelas del Ave María, amén de otras actuaciones tanto de iniciativa pública como privada. Pero es incuestionable que queda mucho por hacer, sobre todo si tenemos en cuenta que Dos Hermanas no se caracteriza precisamente por su monumentalidad".
"Esta es la razón de que toda intervención sobre los (ya escasos) edificios y elementos singulares deba ser afrontada con altas dosis de prudencia, sensibilidad, cautela, racionalidad y justificación. Y es también el fundamento de que cualquier actuación drástica como el derribo que ahora se plantea no pueda ser asumida sin crítica y oposición, pues, si no abundan los edificios antiguos y característicos en nuestro pueblo, ¿cómo vamos a justificar la pérdida de los pocos que nos van quedando? En aras de una mal entendida idea del desarrollo y el progreso, desaparecieron en décadas pasadas numerosos edificios emblemáticos e irrepetibles que configuraban la imagen urbana de Dos Hermanas: La Casa-Palacio de los Rivas, del siglo XVIII; los miradores de los Cuatro Cantillos y de la calle Romera, también de esa centuria; el antiguo Teatro del Ave María (1917); la Plaza de Abastos y la antigua Casa Consistorial (edificios regionalistas de 1927); la casa señorial de Villa Pepita (construida a principios del siglo XX)…. "
"Si cotejamos el Catálogo que publicó nuestro Cronista Oficial en la Revista de Feria de 1980 con la situación actual, el panorama es ciertamente desolador. Por ello, encuentro inexplicable la operación de derribo que se pretende consumar en la calle Real Utrera, y mucho más inexplicables e injustificadas son las razones que se aducen para ello y la indeterminación en que queda el asunto, pues ni tan siquiera hay garantía de que se conserve la Torre-Mirador, ni aún menos el inmueble datado en 1781: ambos están en evidente peligro si se demuelen los edificios adyacentes, que forman un conjunto integrado y se apoyan los unos sobre los otros. ¿Se puede justificar hoy día –atendiendo a los principios jurídicos antes apuntados– la demolición o puesta en peligro de los últimos vestigios de una antigua casa rural del siglo XVIII, que indiscutiblemente cualifica y singulariza el entorno más sensible del casco histórico de Dos Hermanas?"
"Una consideración final: como hemos señalado, la decisión del Ayuntamiento se basa, al parecer, en la necesidad de plantear una reordenación y nueva alineación de la mencionada vía pública, centrando su atención en el denostado “tacón existente”. Sin embargo, resulta cuando menos sorprendente que nadie haya reparado en que la visión más justa y equilibrada del conjunto edificatorio que se pretende demoler –creando un vacío superfluo y descontextualizador– no puede hacerse (solo) desde esa perspectiva, sino atendiendo a su integración en el contexto urbano formado por la Plaza de la Constitución, la Parroquia de Santa María Magdalena y La Almona. Si nos situamos en la acera de la Plaza que da frente a la calle Santa Ana, se podrá apreciar la perfecta visión y armonía que presentan la Torre-Mirador de la esquina de Real Utrera y todo el caserío adyacente, conformando un enclave de inequívoco sabor añejo, con indiscutible personalidad e identidad, cualificado por la presencia de esos edificios emblemáticos y la propia estética de los tejados antiguos y de las fachadas aún encaladas. ¿De verdad es necesario y “urgente” acabar con esta visión tan interiorizada en la memoria colectiva de nuestra ciudad, que constituye el último vestigio de su caserío tradicional? ¿Por qué y para qué? ¿No sería más adecuado, en la coyuntura actual, seguir la línea hacia la que apuntan las nuevas concepciones del urbanismo y apostar por actuaciones sostenibles de rehabilitación y regeneración urbanas, en lugar de por un urbanismo depredador más propio de otras épocas ya superadas, basado en actuaciones drásticas e irreversibles (además de innecesarias) como la que ahora se plantea –sin justificación racional alguna– para estos edificios de la calle Real Utrera?"
"Concluyo recordando que, hace 50 años, vio la luz 'Los cielos que perdimos', uno de los libros más conocidos de Joaquín Romero Murube, quien luchó hasta lo indecible en la década de 1960 para evitar los derribos que constantemente iban hiriendo el corazón histórico de Sevilla, sin que nadie –salvo él– alzara la voz. Medio siglo después, y con actuaciones arbitrarias e incoherentes como la que se va a acometer en la calle Real Utrera, Dos Hermanas sigue perdiendo sus cielos: lo mismo que entonces denunciaba y lamentaba este admirado poeta, se puede aplicar perfectamente al caso que nos ocupa, pues la piqueta –por su poder igualatorio como el de la muerte– no hace distinciones ni de épocas, ni de ideologías, ni de regímenes políticos: “¿Qué destino aguarda a estas nobles arquitecturas, expresión tangible y bellísima de una época arrasada, desfasada, por el nuevo espíritu de los años? (…) Algo confuso, muy íntimo, nos entristece y acongoja. Es la certidumbre de nuestra ineficacia contra lo irremediable. La muerte acostumbramos a considerarla sólo en las personas. Mueren todas las cosas: aquel templo en ruinas, aquel palacio mudo, aquel portalón cerrado, aquellos arcos sin luz, aquella cornisa y moldurajes alabeados, vencidos por la pesadumbre de los tiempos… También mueren las ciudades” (Romero Murube, J.: 'Los cielos que perdimos', Sevilla, 1964, pp. 157-158)".
"Sirvan las presentes líneas para mostrar públicamente mi desacuerdo con el derribo de varias edificaciones existentes al comienzo de la calle Real Utrera de nuestra ciudad; en concreto, las rotuladas con los números 1 al 9, ambos inclusive. Según deduzco de las informaciones difundidas por los medios locales, al parecer se pretende crear con ello un vacío que elimine el “tacón existente” (¿?) para trazar una nueva alineación que genere una zona peatonal abierta ante la Capilla de Santa Ana".
"Vaya por delante que me merece toda consideración cualquier iniciativa que pretenda poner en valor uno de los edificios más singulares y emblemáticos de los (pocos) que existen en nuestra ciudad. Pero lo que ya no puedo compartir es que, para lograr esta finalidad, se tenga que proceder a la demolición de un conjunto de antiguas viviendas que constituyen el único testimonio que permanece en pie del caserío tradicional nazareno".
"La desazón se incrementa al advertir que uno de los edificios irremediablemente condenados a la piqueta –de tan infausto recuerdo para nuestro pueblo– es el rotulado con el número 3, hasta hace poco utilizado como albergue municipal de transeúntes. Este edificio, junto con la Torre-Mirador que existe en la esquina –conocida popularmente como 'Torre del Olivar'–, presenta un doble valor, histórico y cultural, que lo hace merecedor de una singular protección, incompatible con el derribo que se va a llevar a cabo".
"En efecto, resulta oportuno recordar que los actuales números 1 y 3 de la calle Real Utrera se corresponden con los vestigios visibles de la antigua Hacienda de La Mina Chica, enclave tradicionalmente identificado con la residencia de la insigne escritora Cecilia Böhl de Faber ('Fernán Caballero') durante sus estancias en Dos Hermanas, entre los años 1822 y 1835. Así aparece atestiguado en numerosa bibliografía, de la que es buen ejemplo el libro 'Recuerdos al Viento', de nuestro querido paisano el periodista José María Gómez. Este opúsculo fue editado por el Ayuntamiento coincidiendo con el bicentenario del nacimiento de 'Fernán Caballero' (1796-1996), y en los apéndices finales del mismo se incluye literalmente el acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno en fecha 20 de septiembre de 1996, donde, entre otros extremos y para solemnizar dicho aniversario, la Corporación Municipal decidió organizar un acto en homenaje a la escritora, “colocando su retrato, realizado en bronce por el artista local D. Antonio González Camacho, monitor de la Universidad Popular, con una inscripción alusiva, en el edificio de la calle Real Utrera nº 1, cuyo mirador señala el lugar donde la escritora desarrollaba su trabajo” (sic). Este acuerdo no hizo sino acoger la petición realizada por el propio José María Gómez veinte años antes, cuando propuso “la colocación de una lápida o cerámica en la fachada de la Hacienda de La Mina Chica…”, como también se recoge en el libro anteriormente citado. He de recordar, asimismo, que este homenaje se culminó el 28 de febrero de 1997, cuando se procedió a inaugurar el mencionado bronce y se presentó la edición de la referida monografía".
"Así pues, resulta evidente que el mismo Ayuntamiento que ahora ha planteado la operación de derribo que motiva estas líneas, reconoció de forma expresa el valor e interés cultural de este enclave por su vinculación con la escritora 'Fernán Caballero', que, como es bien sabido, fue quien puso a Dos Hermanas en la Historia de la Literatura, a través de La familia de Alvareda y otras obras cuya acción se desarrolla en la entonces villa, donde la novelista pudo gozar de “la suave paz del campo”.
"Pero si lo anterior fuera escaso o poco contundente para justificar la necesidad de permanencia del enclave al que me refiero, ha de añadirse otra razón esencial, y es la propia antigüedad de este conjunto edificatorio, que resulta incuestionable. En efecto, amén de la Torre-Mirador, es especialmente significativo enfatizar que la fachada del número 3 conserva un friso con moldura de ladrillo en su parte superior donde aún puede leerse la inscripción: ANNO DOMINI MDCCLXXXI (AÑO DEL SEÑOR 1781). Y debajo, un pequeño azulejo con la imagen de la Virgen del Mayor Dolor, datado en 1780, que constituye la iconografía más antigua de la Semana Santa nazarena. Ambos elementos configuran esta singular fachada y atestiguan, sin sombra de duda, la fecha de construcción del edificio, así como su relevancia e interés desde el punto de vista histórico. Tales aspectos resultan, además, confirmados por bibliografía especializada, como es el caso del Catálogo Artístico y Arqueológico de la Provincia de Sevilla, realizado por los profesores Hernández Díaz, Sancho Corbacho y Collantes de Terán, quienes, al tratar de Dos Hermanas, señalan como elementos destacados de su arquitectura civil urbana, en la calle Conde de Ybarra (hoy Real Utrera), “dos interesantes fachadas de molinos, una fechada en 1781, con azulejos de la Soledad, y otra frontera con bella portada del mismo siglo, azulejo de la Virgen Dolorosa y típico mirador” (p. 31). Por tanto, el enclave que se pretende demoler tiene acreditado interés histórico, artístico y arquitectónico, configurando una zona destacada del caserío tradicional de Dos Hermanas, junto con la Hacienda de La Almona, que se alza justo enfrente y con la que comparte analogías, como ya pusieron de manifiesto los mencionados autores".
"Idéntica conclusión cabe extraer de la Guía de Dos Hermanas, que viene reeditando el propio Ayuntamiento desde hace años, y que es obra de nuestro apreciado y competente cronista oficial, don Pedro Sánchez Núñez. Dentro de los “edificios de interés en zona urbana”, se menciona de forma expresa la «Torre Mirador de la calle Real Utrera 1, que puede ser una versión modernizada de un mirador más antiguo existente en el edificio adyacente, que conserva un azulejo de la Virgen con la inscripción “María Santísima del Mayor Dolor”, sobre la portada fechada en 1781; una placa de bronce recuerda la residencia de “Fernán Caballero” en Dos Hermanas» (p. 14)".
"En consecuencia, tanto la Torre-Mirador del número 1 como las casas colindantes (en especial la número 3), forman un conjunto edificatorio con destacado valor, tanto por su historia como por su especial vínculo con una de las personalidades literarias más destacadas de la cultura nazarena. Y así lo ha entendido y reconocido el Ayuntamiento en numerosas ocasiones, además de las ya mencionadas".
"Como vecino y ciudadano amante de la historia de nuestro pueblo, entiendo que estas consideraciones deberían haber sido tenidas en cuenta con carácter previo a la demolición que ha acordado efectuar la Junta de Gobierno Local y que, ante todo, evidencia una muy escasa sensibilidad hacia el patrimonio histórico y cultural de Dos Hermanas. Algunas de las informaciones publicadas dicen que “en el proyecto se contempla inicialmente la conservación de la torre”, pero otras fuentes indican que la torre también puede caer si durante la demolición no se logra que continúe en pie (¡!). A este respecto, no puede ocultarse el evidente riesgo que existe para estos edificios históricos si se procede al derribo de las casas adyacentes, por tratarse de inmuebles con un sistema constructivo antiguo, a base de muros de tapial que apoyan unos sobre otros, de forma que cualquier intervención drástica sobre los mismos comprometería la estabilidad del conjunto y, en particular, de la Torre Mirador del Olivar y de la casa del siglo XVIII que hasta hace poco estuvo destinada a albergue municipal".
"Aparte de estas consideraciones, también quisiera poner de manifiesto algunas reflexiones desde el punto de vista estrictamente jurídico. En tal sentido, quiero señalar que, si bien la actuación que ahora se pretende llevar a cabo aparecía de alguna forma contemplada en el PGOU de 2002 –con notoria vaguedad e imprecisión, por cierto–, ello no puede considerarse como obstáculo insalvable para frenar la demolición que se ha acordado. Y ello por varias razones, de las que tan solo apuntaré en este momento las siguientes":
1ª) "La aprobación definitiva del II PGOU de Dos Hermanas se produjo con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Como es sabido, esta norma pone especial énfasis en la conservación de la ciudad existente (cf. apartado II.3 de su Exposición de Motivos) y asume como fin específico de toda ordenación urbanística “la protección del patrimonio histórico y del urbanístico, arquitectónico y cultural” [art. 3.2 f)]. En consecuencia, una actuación drástica e irreversible como la que se pretende llevar a cabo al inicio de la calle Real Utrera, en la zona más antigua y sensible del centro histórico de la ciudad, no puede encontrar acomodo en los postulados del urbanismo sostenible y pro conservación que asume la Ley andaluza. Antes al contrario, lo que se pretende consumar ahora es una operación de ensanche más propia del urbanismo decimonónico que del urbanismo del siglo XXI. Así pues, y aunque ello daría lugar a otras reflexiones, puede afirmarse que el PGOU de 2002 ha quedado obsoleto en buena medida, sobre todo en lo que respecta a actuaciones como la que estamos cuestionando y que, además, contravienen los principios asumidos, no sólo por la Ley andaluza, sino también por el propio planificador tanto en la Memoria del Plan como en la normativa urbanística de protección del patrimonio local, a la que luego me referiré".
2ª) "La demolición pretendida choca frontalmente contra el postulado de la protección y enriquecimiento del “patrimonio histórico, artístico y cultural de los pueblos de España y de los bienes que lo integran”, consagrado en el art. 46 de la Constitución, que vincula a todos los poderes públicos sin excepción ex art. 53.3 de la propia Norma Fundamental. De este principio parten tanto la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español (LPHE), como, en particular, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía (LPHA). Esta última es, obviamente, posterior a la entrada en vigor del PGOU de Dos Hermanas y obliga a una adaptación que no se ha hecho todavía, especialmente en materia de catalogación y protección urbanística de inmuebles que pasan a integrarse en un nuevo instrumento de tutela patrimonial: el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz (cf. art. 13 de la LPHA). El conjunto formado por los actuales números 1 y 3 de la calle Real Utrera reúne los valores necesarios para ser incluido en este Inventario, y con ello para resultar amparado por las previsiones de los arts. 14 y concordantes de la misma norma legal; entre ellas, el deber de conservación y la imposibilidad de proceder a su demolición. En tal sentido, además, al gozar estos inmuebles de un valor cultural expectante o presunto, conforme a la definición del art. 2 LPHA, operan los límites del art. 35 LPHA, en relación con el art. 37.2 LPHE, ostentando la Administración de Cultura la potestad de impedir su derribo, en tanto se determina el nivel o categoría de protección que debería asignarse a los mismos".
3ª) "No cabe soslayar, tampoco, que existe para los municipios el deber legal –dimanante del artículo 4.2 LPHA y del postulado constitucional antes invocado– de “colaborar activamente en la protección y conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz que radiquen en su término municipal, en especial a través de la ordenación urbanística, así como realzar y dar a conocer el valor cultural de los mismos”; además de “adoptar, en caso de urgencia, las medidas cautelares necesarias para salvaguardar los bienes del Patrimonio Histórico Andaluz cuyo interés se encontrase amenazado...” Ello conlleva, de entrada, paralizar la actuación de derribo que se ha acordado, a expensas de un análisis más detenido que permita cohonestar –desde el consenso– todos los intereses concurrentes, pues ni tan siquiera existe concreción de lo que se va a hacer una vez consumada la demolición, ni sobre cómo se va a reconfigurar la zona; no constando tampoco que se haya redactado o tramitado el preceptivo Estudio de Detalle, de conformidad con la normativa urbanística aplicable (cf. art. 15 LOUA)".
"Además, el vigente PGOU de Dos Hermanas –concretamente en el Título VII de las Normas Urbanísticas– asumió como uno de sus objetivos prioritarios el de “parar el proceso de destrucción de los edificios y elementos de interés, y servir de base a una política de conservación y rehabilitación del patrimonio histórico-artístico”. Objetivo este que resulta totalmente vulnerado por la actuación irreversible que pretende ejecutarse en dicho enclave de la calle Real Utrera, el cual conforma en sí mismo “una perspectiva tradicional, histórica y paisajística” de una zona especialmente cualificada del centro de la ciudad, valor que ha de ser protegido como exigen tales Normas Urbanísticas (cf. arts. 0.1.4 y 7.1.7). En tal sentido, debe advertirse que la reordenación viaria que se preveía en el PGOU de 2002 no contemplaba expresamente la demolición de estos edificios históricos, ni tampoco se justificaba conforme a los criterios de ordenación de la Memoria del Plan. Se ha infringido, por ello, el crucial principio de participación que consagra la normativa urbanística (art. 6 LOUA), ya que el diseño futuro de la zona no ha sido sometido al preceptivo trámite de información pública, privando a los ciudadanos de su derecho a plantear alegaciones y propuestas sobre este proyecto, que afecta decisivamente al corazón mismo de la ciudad".
"En tal sentido, resulta verdaderamente sorprendente la clamorosa indefinición y opacidad del proyecto, pues –según se desprende de la escasa información facilitada– lo que se pretende a toda costa es derribar, sin que se sepa a ciencia cierta cómo va a quedar reconfigurada la zona, qué es lo que se va a hacer allí y cuál es el verdadero objetivo que, a la postre, se quiere conseguir con la desaparición de estos inmuebles y la drástica alteración de un enclave que nunca ha estorbado a nadie, pues está plenamente consolidado en la memoria ciudadana".
4ª) "No consta acreditada la “urgencia” que, al parecer, ha motivado la decisión adoptada por el Ayuntamiento en cuanto al mencionado derribo. Sobre este particular, es necesario enfatizar el hecho de que el PGOU de 2002 ha agotado sus dos cuatrienios de vigencia (2002-2006 / 2006-2010) sin que tal actuación haya sido necesaria para el desarrollo y mejora de la ordenación urbanística de la ciudad. Sensu contrario, puede afirmarse que es cuando menos discutible la racionalidad y oportunidad de tan drástica actuación en pleno centro histórico de nuestra ciudad: en efecto, no parece que el derribo obedezca a una demanda imperiosa del interés general, ni que la desaparición de unas edificaciones con notoria antigüedad e interés arquitectónico en el contexto de Dos Hermanas vaya a suponer un beneficio crucial para la población. Antes al contrario, si se consuma la demolición, se perderán para siempre los últimos vestigios del caserío tradicional de nuestro pueblo, alterando un parcelario histórico y desfigurando una zona especialmente sensible, pues tales edificios configuran, sin duda, la imagen urbana de esta parte de la ciudad, tal y como viene siendo percibida por los vecinos desde hace más de dos siglos".
"En tal sentido, desde luego no se comprende que uno de los supuestos objetivos sea que desaparezca el “tacón existente” (sic): en realidad, teniendo en cuenta el origen de estos edificios y su antigüedad, habrá que concluir que la alineación histórica de esta calle es precisamente la que configuran los inmuebles que pretenden derribarse, y no los que se levantaron con posterioridad, alterando esa línea preexistente. En suma, no son los edificios antiguos (del número 1 al 9) los que rompen dicha alineación, sino los posteriores (del número 11 en adelante). Esta consideración se refuerza, además, con la propia existencia –justo enfrente– de la antigua Almona, que como antes dijimos data de la misma época que el mirador del número 1 y la casa contigua, datada en 1781, según vimos. De otra parte, en este orden de consideraciones y con respecto a la urgencia, es de tener en cuenta que no existe, en absoluto, amenaza o declaración de ruina inminente en ninguno de los edificios que se pretenden demoler, entre otras cosas porque, en particular, tanto la Torre como la casa del número 3 ha venido siendo utilizadas hasta fechas muy recientes: esta última, además, ha tenido uso municipal hasta hace un par de años y fue objeto de actuaciones de rehabilitación hace poco tiempo".
5ª) "La jurisprudencia de nuestros Tribunales es especialmente proclive al mantenimiento de la “riqueza construida”, y más cuando se trata de preservar inmuebles de valor histórico, artístico, arquitectónico o simplemente urbanístico, incluso por contribuir a caracterizar la imagen urbana de una determinada zona de la ciudad. En tal sentido, el Tribunal Supremo ha alumbrado el principio “pro monumento”, como criterio orientador para impedir un derribo si se vislumbra la plausible existencia de alguno de tales valores –siquiera de forma indiciaria– en un edificio determinado. Así, por ejemplo, pueden citarse la STS de 22 de junio de 1990 (que enfatiza el carácter irreversible del acto de demolición de edificios como los que nos ocupan, y la obligación de los municipios de proteger y acrecentar el patrimonio cultural “para transmitirlo a las generaciones futuras”) y la STS de 20 de julio de 1998, que, con fundamento en el precitado art. 46 de la Constitución, subraya la prevalencia del “criterio conservacionista”, concluyendo lo siguiente: “En la duda, la voluntad constitucional está mucho más cerca de la conservación de los bienes que puedan integrar el patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España que de su destrucción o demolición”. Así pues, en esta materia “rige el criterio de interpretación más favorable a la conservación para impedir o demoler obras que pudieran producir daño al legado histórico, artístico y cultural”.
"En particular, esta doctrina recalca que “los motivos para conservar un edificio no son únicamente su belleza arquitectónica o formal, pues existen otros criterios como pueden ser la representatividad de una cierta época, la personalidad que dan, él solo o en su conjunto, a una determinada zona de la ciudad, criterios que pueden justificar el acuerdo de conservación” (cf. STS de 5 de febrero de 1991). Aspectos que, sin duda, concurren en el conjunto edificatorio integrado por los números 1 al 9 de nuestra calle Real Utrera".
"Estas consideraciones, con contundente respaldo legal y jurisprudencial, estimo que deben ser aplicadas al caso de Dos Hermanas, en el que resulta ciertamente inexplicable que, cotejando el PGOU de 1987 y el actual, hayan desaparecido edificios merecedores de protección por su valor histórico, artístico o cultural en el contexto de nuestra ciudad. Incluso, en el anterior Plan General se disponían medidas expresas de protección para las viviendas sitas en los números 7, 9 y 11 de la propia calle Real Utrera (art. 5.19 de las Normas Urbanísticas), por conformar el entorno de inmuebles catalogados".
"Si a esto unimos los estragos causados por la infausta piqueta en las décadas de 1960 y 1970 durante el “desarrollismo” franquista, no cabe duda de que la política de protección y conservación del patrimonio arquitectónico y urbanístico en Dos Hermanas necesita un importante replanteamiento o revisión, si es que no queremos terminar de borrar toda huella del pasado en nuestra ciudad: como se decía en el Avance del PGOU de 1987, uno de los objetivos de este fue la protección y salvaguarda de aquellos edificios y elementos que constituyen el Patrimonio Arquitectónico, de carácter histórico-artístico y ambiental de Dos Hermanas, “porque constituyen la base en que asentar las señas de identidad del pueblo nazareno, porque forman parte de su memoria colectiva, porque constituyen un legado que hemos de conservar para las generaciones futuras, porque la sensibilidad hacia la historia, la conservación de las raíces, es un buen indicador de la cultura de un pueblo” (cf. folleto editado por el Excmo. Ayuntamiento en 1986 bajo el título “Para recuperar nuestra ciudad”). No puedo estar más de acuerdo con estas premisas, que ciertamente fueron retomadas por la Memoria del Catálogo del PGOU actual pero que, de forma inexplicable, han sido ignoradas o esquivadas en numerosas actuaciones concretas –¡incluso promovidas por el propio Ayuntamiento, lo cual es todavía más grave y lamentable!–, provocando que este instrumento haya quedado en papel mojado, desprovisto de toda eficacia real y operativa para la protección del patrimonio arquitectónico y urbanístico de nuestra ciudad".
"Con todo, justo es reconocer que el Ayuntamiento ha impulsado algunas iniciativas loables, como por ejemplo las rehabilitaciones de La Almona –si bien todavía falta la restauración de su portada principal– y de la antigua Capilla de las Escuelas del Ave María, amén de otras actuaciones tanto de iniciativa pública como privada. Pero es incuestionable que queda mucho por hacer, sobre todo si tenemos en cuenta que Dos Hermanas no se caracteriza precisamente por su monumentalidad".
"Esta es la razón de que toda intervención sobre los (ya escasos) edificios y elementos singulares deba ser afrontada con altas dosis de prudencia, sensibilidad, cautela, racionalidad y justificación. Y es también el fundamento de que cualquier actuación drástica como el derribo que ahora se plantea no pueda ser asumida sin crítica y oposición, pues, si no abundan los edificios antiguos y característicos en nuestro pueblo, ¿cómo vamos a justificar la pérdida de los pocos que nos van quedando? En aras de una mal entendida idea del desarrollo y el progreso, desaparecieron en décadas pasadas numerosos edificios emblemáticos e irrepetibles que configuraban la imagen urbana de Dos Hermanas: La Casa-Palacio de los Rivas, del siglo XVIII; los miradores de los Cuatro Cantillos y de la calle Romera, también de esa centuria; el antiguo Teatro del Ave María (1917); la Plaza de Abastos y la antigua Casa Consistorial (edificios regionalistas de 1927); la casa señorial de Villa Pepita (construida a principios del siglo XX)…. "
"Si cotejamos el Catálogo que publicó nuestro Cronista Oficial en la Revista de Feria de 1980 con la situación actual, el panorama es ciertamente desolador. Por ello, encuentro inexplicable la operación de derribo que se pretende consumar en la calle Real Utrera, y mucho más inexplicables e injustificadas son las razones que se aducen para ello y la indeterminación en que queda el asunto, pues ni tan siquiera hay garantía de que se conserve la Torre-Mirador, ni aún menos el inmueble datado en 1781: ambos están en evidente peligro si se demuelen los edificios adyacentes, que forman un conjunto integrado y se apoyan los unos sobre los otros. ¿Se puede justificar hoy día –atendiendo a los principios jurídicos antes apuntados– la demolición o puesta en peligro de los últimos vestigios de una antigua casa rural del siglo XVIII, que indiscutiblemente cualifica y singulariza el entorno más sensible del casco histórico de Dos Hermanas?"
"Una consideración final: como hemos señalado, la decisión del Ayuntamiento se basa, al parecer, en la necesidad de plantear una reordenación y nueva alineación de la mencionada vía pública, centrando su atención en el denostado “tacón existente”. Sin embargo, resulta cuando menos sorprendente que nadie haya reparado en que la visión más justa y equilibrada del conjunto edificatorio que se pretende demoler –creando un vacío superfluo y descontextualizador– no puede hacerse (solo) desde esa perspectiva, sino atendiendo a su integración en el contexto urbano formado por la Plaza de la Constitución, la Parroquia de Santa María Magdalena y La Almona. Si nos situamos en la acera de la Plaza que da frente a la calle Santa Ana, se podrá apreciar la perfecta visión y armonía que presentan la Torre-Mirador de la esquina de Real Utrera y todo el caserío adyacente, conformando un enclave de inequívoco sabor añejo, con indiscutible personalidad e identidad, cualificado por la presencia de esos edificios emblemáticos y la propia estética de los tejados antiguos y de las fachadas aún encaladas. ¿De verdad es necesario y “urgente” acabar con esta visión tan interiorizada en la memoria colectiva de nuestra ciudad, que constituye el último vestigio de su caserío tradicional? ¿Por qué y para qué? ¿No sería más adecuado, en la coyuntura actual, seguir la línea hacia la que apuntan las nuevas concepciones del urbanismo y apostar por actuaciones sostenibles de rehabilitación y regeneración urbanas, en lugar de por un urbanismo depredador más propio de otras épocas ya superadas, basado en actuaciones drásticas e irreversibles (además de innecesarias) como la que ahora se plantea –sin justificación racional alguna– para estos edificios de la calle Real Utrera?"
"Concluyo recordando que, hace 50 años, vio la luz 'Los cielos que perdimos', uno de los libros más conocidos de Joaquín Romero Murube, quien luchó hasta lo indecible en la década de 1960 para evitar los derribos que constantemente iban hiriendo el corazón histórico de Sevilla, sin que nadie –salvo él– alzara la voz. Medio siglo después, y con actuaciones arbitrarias e incoherentes como la que se va a acometer en la calle Real Utrera, Dos Hermanas sigue perdiendo sus cielos: lo mismo que entonces denunciaba y lamentaba este admirado poeta, se puede aplicar perfectamente al caso que nos ocupa, pues la piqueta –por su poder igualatorio como el de la muerte– no hace distinciones ni de épocas, ni de ideologías, ni de regímenes políticos: “¿Qué destino aguarda a estas nobles arquitecturas, expresión tangible y bellísima de una época arrasada, desfasada, por el nuevo espíritu de los años? (…) Algo confuso, muy íntimo, nos entristece y acongoja. Es la certidumbre de nuestra ineficacia contra lo irremediable. La muerte acostumbramos a considerarla sólo en las personas. Mueren todas las cosas: aquel templo en ruinas, aquel palacio mudo, aquel portalón cerrado, aquellos arcos sin luz, aquella cornisa y moldurajes alabeados, vencidos por la pesadumbre de los tiempos… También mueren las ciudades” (Romero Murube, J.: 'Los cielos que perdimos', Sevilla, 1964, pp. 157-158)".
HUGO SANTOS GIL, ABOGADO